Pinto, presidente de la Cámara de Discotecas de Tucumán, remarcó que los locales bailables concentran poco público, en comparación con el transporte público
Ante la posibilidad de que el Gobierno de la provincia suspenda los lugares de concentración masiva, luego de decretar hoy la emergencia sanitaria por el avance de la gripe A, el presidente de la Cámara de Discotecas y Afines de Tucumán, Rodolfo Di Pinto, afirmó que si la medida alcanza a los boliches no ayudaría a controlar el virus porque estos locales concentran un 50 % menos de público, desde que rige la ley de las 4 am.
El empresario advirtió que, en caso de confirmarse, acatarán la iniciativa, pero señaló que también deberían restringir la circulación del transporte público. "En Tucumán, los colectivos transportan mucha más de la que ingresa a un local bailable, que sólo funciona dos horas por sábado", explicó.
Di Pinto afirmó que, hasta tanto se defina la posibilidad de suspender la actividad, los boliches abrirán al público y contarán con extremas medidas de resguardo, como el uso de barbijos por parte del personal y alcohol en gel disponible en los baños y en las barras. "Además, se dispondrá de médicos para que revisen a quienes tengan síntomas", concluyóla Gaceta
Determinaron el cierre de los boliches y otros lugares de entretenimiento en Concordia
En Jujuy ,la medida incluye a los cyber, peloteros, casinos y cines. Habrá multas de hasta 25 mil pesos para los infractores
El Concejo Deliberante de San Salvador de Jujuy sancionó hoy la ordenanza 5466/09 de Emergencia Sanitaria, que establece la suspensión de las actividades nocturnas en confiterías bailables, boliches, pub y karaoques, peñas, cabaret, confiterías, salones de fiestas, bailantas y circos, entre otros.
La norma reúne aspectos planteados en un proyecto enviado por el Ejecutivo y otros de autoría de los concejales.
Luego de un amplio debate que incluyó varios pedidos de cuarto intermedio, los ediles resolvieron aumentar a la lista mencionada, las siguientes actividades: peloteros, salón de juegos electrónicos, cines, casinos y cyber.
Asimismo, se establece una multa de $25.000 en caso de que los dueños de los locales mencionados no cumplan con la normativa. Además, está estipulada la clausura del local por 60 días. En caso de reincidencia, se multiplica el monto de multa y la clausura será por el lapso de un año.
En su articulado también dispone que la Dirección de Control Comercial Municipal, será el órgano de aplicación de la presente ordenanza. De no acatarse la orden podrá requerirse el auxilio de la fuerza pública a los fines de la clausura del local.
Otro de los artículos del dispositivo legal aprobado establece la suspensión de los actos oficiales por parte de la comuna capitalina, que signifiquen concentración de personas o vecinos durante la vigencia de la emergencia.