SALTA

Acciones por muertes en accidentes de tránsito

Pablo López Viñals, instruyó a los Fiscales Correccionales para que en los casos de homicidios culposos en accidente de tránsito, articulen todas las acciones a su alcance.

Pablo López Viñals
Miércoles, 28/07/2010 | 07:18 hs

El Procurador General de la Provincia, Pablo López Viñals, instruyó a los Fiscales Correccionales para que en los casos de homicidios culposos en accidente de tránsito, articulen todas las acciones a su alcance para impedir que la libertad de quienes aparezcan como responsables se otorgue de un modo precipitado y que ello afecte a la obtención de datos indispensables para el esclarecimiento del hecho criminoso.

La decisión adoptada por la Procuración se basa en los recientes casos de muertes en accidentes de tránsito que han tomado estado público en los que se produce la liberación prematura de los imputados, y que se han caracterizado por el repudio social ante ese accionar.

Si bien en el marco del procedimiento sumario, las facultades de detención no se encuentran en cabeza del Fiscal sino que son exclusivas de los jueces, el Procurador remarcó que le corresponde al Fiscal expresar su interés frente a los Jueces Correccionales para que se adopten medidas tendientes a limitar la libertad del acusado.
 
Por ello, la Procuración General emitió la instrucción para que los Fiscales soliciten las medidas cautelares de detención cuando resulte indispensable para preservar la prueba vinculada al accidente.

También se instruyó a los Fiscales a fin de que, cuando las circunstancias del caso lo ameriten, formulen el pedido de juicio por homicidio culposo contra el imputado acompañado de una solicitud de inhabilitación provisoria para conducir vehículos mientras se resuelva la causa.


Sobre el accidente con muerte de un niño

Respecto al accidente de tránsito acaecido el pasado domingo, por el cual un niño de doce años perdió la vida, la Fiscalía Correccional 7, a cargo de Gabriela González, dispuso oportunamente la realización de diligencias tendientes a la averiguación de lo ocurrido, como la realización de las pericias accidentológicas, la constatación de las lesiones de las restantes víctimas y la prueba de nivel en sangre (dosaje) del conductor del vehículo involucrado.
 
En el marco de esas directivas es que apenas se anotició del fallecimiento del menor, ocurrido tiempo después del siniestro, González requirió a la Jueza Correccional en turno que ordenara la detención del imputado Garnica, la que se efectivizó ayer por la tarde.
 
Actualmente, Garnica continúa detenido y su defensa oficial ya solicitó que se le conceda la libertad provisoria, pedido que será analizado por el Juzgado en las próximas horas. Fuentes de la Fiscalía adelantaron que, dada la gravedad del hecho, no corresponde que Garnica obtenga su libertad y, si llegara a producirse, realizarán los planteos procesales que correspondan para revertir esa medida.

Comentarios (5)

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CIUDADANO | 29/07/2010 | 08:17 |
PARA CATON LE CONTESTO LAS LEYES ESTAN, UN CULPABLE DE ACCIDENTE DE TRANSITO TIENE TRES PENAS, 1- LA PENAL PROPIAMENTE DICHA, POR LO GENERAL CONDENA EN SUSPENSO, PERO OJO ES COMO LA TARJETA AMARILLA,, OTRO DELITO Y LA CONDENA SE HACE EFECTIVA.2- ECONOMICA - EL CAUSANTE DEBE INDEMNIZAR A LA VICTIMA DE ACUERDO A LA GRAVEDAD DE LA LESION 3- ADMINISTRATIVA, SE LE QUITA EL CARNET , POR UN TIEMPO DE INHABILITACION, DE ACUERDO A LA GRAVEDAD DEL HECHO. QUE PASA POR LO GENERAL EL VICTIMARIO TIENE DINERO, PUEDE CONTRATAR ABOGADOS HABILES, POR EL CONTRARIO LA VICTIMA SOBRE TODO EN SALTA, DE CONDICION HUMILDE NO TIENE IDEA DE SUS DERECHOS, CUANDO SE ENTERA, YA LOS PLAZOS ESTAN VENCIDOS Y CAE LA CAUSA. OBVIAMENTE HAY QUE RESPETAR EL DERECHO A DEFENSA Y EL JUICIO PREVIO .
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lopez viñals inquisidor | 28/07/2010 | 14:36 |
y la objetidad de los fiscales a lo largo del proceso sumariio?????????????? y la paridad de armas???? y tantas otras cosas más que garantiza nuestra constitución?? livianita las declaraciones.
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lopez viñals inquisidor | 28/07/2010 | 14:35 |
Lopez Viñals, no entiendo muy bien; vos que sos un gran defensor de las garantías del imputado en el proceso penal, propones que se acompañe una solicitud de inhabilitación provisoria para conducir vehículos mientras se resuelva la causa??? y que pasa si es remisero o taxista o chofer de bondi???? no significa adelantamiento de condena?? y el indubio pro reo??? que hacemos con la suspension de juicio a prueba para este tipo de casos??? que pasa si se lo inhabilita y a posteriori se lo sobresee y el estigma y la teoria del etiquetaje??? vamos profesor eh? lo que se enseña en el colegio de abogados sino lo llevamos a la práctica de nada sirve.
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Miranda | 28/07/2010 | 12:19 |
Que buen ejemplo Catón. Si yo alcoholizado disparo esa escopeta en la peatonal y produzco lesiones o muertes, voy preso??
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caton | 28/07/2010 | 11:09 |
Quien conduce alcoholizado lo hace con dolo. Es lo mismo que disparar con una escopeta a personas en una procesión: indefectiblemente producirá una muerte. Deberían ser inhabilitados por vida quienes cometen homicidios bajo el efecto del alcohol. Es necesario que el Congreso Nacional modifique el Código Penal.

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