ARGENTINA.- Una medida ejemplar es la que se está por aplicar a las
empresas tabacaleras a quienes se ordenará la
creación de un fondo para atención de las víctimas del tabaquismo.
El juez que entiende en la causa, luego de rechazar ocho recursos sucesivamente presentados por las tabacaleras– dispuso abrir el período de pruebas en el juicio por el cual una ONG y un particular exigen a estas compañías que paguen, no a ellos sino al Estado, una suma que podría llegar a los 4000 millones de pesos anuales, durante 30 años, con destino a la atención médica de víctimas del tabaco.
Los demandantes llamarán al banquillo de los acusados a los presidentes de Massalin Particulares y de Nobleza Piccardo. También citarán, como testigos de cargo, a entidades médicas, a sanitaristas como Aldo Neri, e incluso a la actual ministra de Seguridad, Nilda Garré, que como legisladora denunció el lobby de las tabacaleras. La originalidad de la demanda es que, en lugar de pedir indemnización, requiere que se forme un fondo fiduciario: los beneficiarios serán la Nación, las provincias y la CABA; la plata la pondrán las empresas y el destino serán los tratamientos de los damnificados.
Estos podrán presentarse, no para pedir plata sino para pedir medicina de excelencia así financiada. El diseño de esta demanda evita el “efecto cascada”, por el cual el éxito de un juicio por indemnización genera una cantidad imprevisible de nuevos juicios similares: el temor a este efecto –junto con el inmenso poder de las empresas– sería una de las causas por las que, hasta ahora, ninguna demanda contra tabacaleras prosperó en la Argentina.
“La Asociación Argentina de Derecho de Daños (AADD), en defensa de los intereses de incidencia colectiva de tipo difuso, interpone un proceso colectivo contra las empresas Massalin Particulares y Nobleza Piccardo, con el objeto de condenarlas a una ‘Obligación de Hacer’, consistente en la integración de un fondo fiduciario cuya renta anual se destine a reintegrar los gastos de asistencia médica causada por las enfermedades que genera el tabaco, en: a) ex fumadores activos nacidos entre 1937 y 1976, con un mínimo como fumador de 10 años; b) ex fumadores pasivos que hayan trabajado en la administración pública por un plazo no menor a 15 años”, dice el Resumen Abreviado del Proceso Colectivo.