ARGENTINA- La Cámara Federal de General Roca revocó una medida cautelar
dispuesta por una Jueza de Neuquén.
El ingeniero neuquino Carlos María Martín continuará
impedido por la Justicia
para comprar dólares, debido a que la Cámara Federal de General Roca revocó la medida
cautelar que había dictado la Jueza neuquina Carolina Pandolfi, en la que
le exigía a la
AFIP
que le permita comprar 125 mil dólares al denunciante.
El recurso presentado por
Pandolfi habilitaba al ingeniero
petrolero Martín a saltear el cepo al dólar para realizar una operación
inmobiliaria, al admitir un recurso presentado contra las medidas de la AFIP para regular el sistema
cambiario. Ahora, el tribunal dejó sin efecto la autorización y
consideró que si por las restricciones para adquirir
dólares que son comunes a
todos los argentinos no puede cancelar la deuda, no podrá ser considerado
"en mora" por el acreedor.
La Jueza neuquina Carolina Pandolfi había concedido la
medida cautelar para que el particular comprara los dólares necesarios para
pagar la deuda por la casa, pues en caso de no hacerlo, ello podría generarle
un perjuicio económico por incumplimiento del convenio.La medida fue apelada por la AFIP y ahora la Cámara Federal
rionegrina revocó la medida y descartó que la prohibición de comprar dólares
empujara al empresario a recurrir al mercado ilegal de cambios, cometiendo un
delito.
El tribunal de alzada recordó que, según la ley argentina,
"el deudor queda exento de las responsabilidades derivadas de la mora en
los casos en que ésta no le fuese imputable, siempre que así lo
demuestre".
"Las dificultades que ha experimentado para adquirir
los dólares billete por el momento resultan invencibles por la voluntad de
aquel contratante que desea obtener los dólares con los cuales extinguir su
obligación mediante el cumplimiento de la prestación debida", señala la
resolución.
"Es de una evidencia que no admite ninguna duda que el
incumplimiento del reclamante, en relación con la deuda contraída, no lo haría
incurrir en mora porque su conducta quedaría cubierta por la fuerza mayor
derivada de los actos del poder público que le han impedido, por ahora, obtener
la moneda extranjera escogida en el contrato para el pago", insistió el
texto.
Para el tribunal, "la revocación de la precautoria no
irrogaría al accionante los perjuicios que se señalaron en la resolución que la
concedió".El fallo que dejó sin efecto la autorización para la compra
de los dólares, de una veintena de páginas, fue firmado por los jueces Ricardo
Barreiro y Mariano Lozano.(Especial

)